Deudas de Impuesto Predial y Arbitrios: ¿Cuándo Prescriben en Perú?

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Esa Notificación Antigua que Acabas de Recibir... ¿Debes Pagarla?

Recibes una comunicación de la municipalidad exigiéndote el pago de arbitrios del año 2014. Tu primer instinto podría ser correr a pagar para evitar problemas, pero, un momento. ¿Sabías que esa deuda podría estar legalmente "vencida"?

En el derecho tributario peruano existe una herramienta poderosa a favor de los propietarios: la prescripción. No es un perdón ni una amnistía, sino el reconocimiento de que la administración pública perdió su oportunidad de cobrar una deuda por dejar pasar demasiado tiempo.

Conocer cómo funciona la prescripción puede ahorrarte cientos o incluso miles de soles en deudas antiguas. Esta guía te explica los plazos, los riesgos y cómo hacer valer tu derecho.

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¿Qué Significa que una Deuda "Prescriba"?

Que una deuda tributaria (como el Impuesto Predial o los arbitrios) prescriba significa que la municipalidad pierde el derecho a exigirte el pago a través de una acción de cobranza coactiva (embargos de cuentas, etc.).

La deuda no "desaparece" de sus registros, pero se convierte en una obligación no exigible. Si la municipalidad intentara cobrarla coactivamente después de haber prescrito, esa acción sería ilegal.

Los Plazos de Prescripción que Debes Memorizar

El Código Tributario establece plazos claros. El tiempo que debe pasar para que una deuda prescriba depende de si cumpliste con tu deber de declararla o no.

  • Plazo de 4 Años: Se aplica si declaraste oportunamente el impuesto. Para el Impuesto Predial, esto significa haber presentado tu Declaración Jurada de Autovalúo (formularios PU y HR) cuando correspondía.
  • Plazo de 6 Años: Se aplica si NO declaraste el impuesto. Este es el escenario más común para deudas olvidadas o de propietarios que desconocían su obligación de declarar.

¿Desde cuándo empieza a correr el tiempo?
Este es un detalle clave. El plazo no empieza el día que debías pagar, sino a partir del 1 de enero del año siguiente a la fecha en que vencía la obligación.

Ejemplo: La deuda del Impuesto Predial del año 2016 vencía en 2016. El plazo de prescripción comenzó a correr el 1 de enero de 2017.

  • Si declaraste, prescribió el 1 de enero de 2021 (4 años después).
  • Si no declaraste, prescribió el 1 de enero de 2023 (6 años después).

¡CUIDADO! Las Acciones que "Resetean" el Contador

La prescripción no es un camino recto. Existen acciones que la interrumpen, es decir, que hacen que el conteo de tiempo vuelva a cero. Las más comunes son:

  1. La Notificación Formal de la Municipalidad: Si la municipalidad te notifica válidamente una Orden de Pago o una Resolución de Determinación sobre esa deuda, el plazo se interrumpe. Una simple carta o aviso informativo no siempre califica; debe ser un documento formal de cobranza.
  2. El Reconocimiento de la Deuda por Parte Tuya: Si tú, como propietario, realizas alguna de estas acciones, estás reconociendo la deuda y reseteando el plazo:
    • Haces un pago parcial de la deuda.
    • Solicitas un fraccionamiento de pago.
    • Presentas una reclamación sobre la deuda (sin solicitar la prescripción).
    • Solicitas una compensación de esa deuda con un saldo a tu favor.

La Prescripción No es Automática: Tienes que Solicitarla

Este es el error más común. Muchos propietarios creen que si pasa el tiempo, la deuda se borra sola. Falso.

Tú, como interesado, debes presentar una "Solicitud de Prescripción de Deuda Tributaria" dirigida a la municipalidad. Es un escrito formal (generalmente por mesa de partes) donde identificas claramente la deuda (tributo, año) y argumentas que la acción de cobro ha prescrito según los plazos del Código Tributario.

La municipalidad tiene un plazo legal (45 días hábiles) para responder. Si no lo hace o la deniega, puedes apelar al Tribunal Fiscal.

Estrategia Práctica para Propietarios

Si tienes deudas municipales antiguas, no actúes impulsivamente. Sigue estos pasos:

  1. Pide un Estado de Cuenta: Solicita en tu municipalidad un reporte completo de tus deudas de Impuesto Predial y arbitrios.
  2. Analiza las Fechas: Revisa los años de cada deuda y calcula si los plazos de 4 o 6 años ya se cumplieron.
  3. Verifica si Hubo Interrupciones: Haz memoria o revisa tus archivos. ¿Recibiste alguna notificación formal? ¿Pediste algún fraccionamiento en el pasado para esa deuda específica?
  4. Si el Plazo se Cumplió y no Hubo Interrupción, Solicita la Prescripción: Redacta tu solicitud y preséntala formalmente. No pagues ni negocies nada sobre esa deuda antes de tener una respuesta.

Tener tus declaraciones al día no solo te da el beneficio del plazo de 4 años, sino que es vital para cualquier venta.

Conclusión: Revisa, Calcula y Haz Valer tu Derecho

La prescripción es una herramienta legal poderosa para poner en orden la situación tributaria de tu inmueble, especialmente antes de una venta. Una deuda prescrita ya no es un obstáculo.

Recuerda los tres pasos clave: verificar los plazos, asegurarte de que no hubo interrupciones y, lo más importante, solicitarla formalmente. Conocer tus derechos como propietario puede ahorrarte una cantidad significativa de dinero.

Preguntas Frecuentes sobre la Prescripción de Deudas

¿La prescripción borra la deuda de los registros de la municipalidad?

No exactamente. La deuda seguirá apareciendo en los sistemas históricos, pero con una anotación que indica que la acción de cobro ha prescrito. Esto significa que legalmente no te la pueden exigir. Para efectos prácticos, quedas liberado de la obligación de pago.

Si pago una deuda que ya había prescrito sin saberlo, ¿puedo pedir la devolución de mi dinero?

Sí, puedes. Se conoce como un "pago indebido". Tienes derecho a solicitar la devolución de lo pagado por una deuda que ya estaba prescrita al momento del pago. Deberás presentar una solicitud de devolución a la municipalidad.

¿La prescripción también se aplica a las multas tributarias municipales?

Sí. Las multas tributarias impuestas por la municipalidad (por ejemplo, por no declarar a tiempo el Impuesto Predial) también están sujetas a los mismos plazos de prescripción de 4 y 6 años, contados desde el 1 de enero del año siguiente a la fecha en que se cometió la infracción. respuesta

¿Puedo solicitar la prescripción si estoy en un proceso de cobranza coactiva?

Es más complicado, pero posible. Si la cobranza coactiva se inició por una deuda que ya había prescrito previamente, puedes presentar tu solicitud de prescripción. Si la municipalidad la declara fundada, el procedimiento de cobranza coactiva sobre esa deuda debe detenerse y archivarse.

¿Solicitar la prescripción de una deuda afecta mi historial crediticio?

No. La prescripción es un derecho tributario y no tiene relación con el sistema financiero ni las centrales de riesgo como Infocorp. Es un trámite exclusivamente entre tú y la administración tributaria municipal.

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